En el mundo hay dos maneras de triunfar:
Por la propia capacidad o por la ineptitud ajena
Jean de la Bruyère
El Plan de Empleo aprobado en la ciudad de Cádiz deja en
evidencia la falta de ideas claras en materia socioeconómicas del nuevo equipo
de gobierno de esta ciudad convirtiéndose en un verdadero canto a la improvisación.
Por lo leído, son las propuestas del Partido Socialista
Obrero Español, la que se tienen que llevar a cabo en un plazo determinado.
Las propuestas se dividen en tres plazos: inminentes, a
corto plazo y a largo plazo. Entre las primeras, inminentes, está el incluir
clausulas sociales en los pliegos de contratación pública. Parce ser, conforme
comunico a la prensa la concejal Ana Fernandez, que en el pliego de
contratación de las obras del Francisco Blanca se han incluido dos clausulas: Exigir que las empresas paguen a los
trabajadores en función de lo recogido en el convenio provincial de la construcción de
Cádiz y que un veinte por ciento del total de la plantilla que contrate salgan
de las listas de desempleo.
Pues bien, si
analizamos esa dos clausulas, veremos cómo no aporta, mejor dicho no garantiza
que se genere empelo en la ciudad de Cádiz:
- Si el concurso se le adjudicara a una empresa de la provincia de Cádiz, cumpliría con esas dos clausulas, una, porque es obligatoria la aplicación del mencionado convenio colectivo conforme a la normativa laboral
- El 20% de desempleados que obligan a contratar pueden salir de las oficinas de empleo de esa población concreta.
- Y tampoco es que se genere mucho empleo estable, de cada 10 empleados, 2 tienen que salir del “paro”.
Esto de vender
humo es propio de la política de este país y si a eso se le añade en no saber
donde esta una y uno de pie pues da como resultado lo anteriormente expuesto.
El objetivo de un
verdadero PLAN MUNICIPAL DE EMPLEO, por
ejemplo puede ser:
1.-
Realizar un seguimiento del comportamiento del mercado laboral local,
estudiando con carácter continuado y participativo parámetros como pueden ser,
entre otros, la evolución del desempleo, la contratación registrada, los huecos
de mercado y el impacto que sobre el panorama local puedan tener las políticas
activas de empleo puestas en marcha desde los diferentes ámbitos.
2.- Asistir a las personas desempleadas en el proceso de búsqueda de
empleo, proporcionando técnicas, herramientas y habilidades para que dicha
búsqueda sea eficiente y adaptada a las capacidades y características del
mercado de trabajo local.
3.- Mejorar la cualificación profesional de las personas demandantes de
empleo en el municipio, de forma que se mejore así su empleabilidad y su
capacidad de inserción en el mercado laboral.
4.- Prestar especial atención a los colectivos con especiales
dificultades de inserción en el mercado laboral local, y a todas aquellas
personas que se encuentran en riesgo de exclusión social, diseñando acciones
específicamente dirigidas hacia ellas y disminuyendo así cuotas de
diferenciación y discriminación laboral.
5.- Fomentar el espíritu empresarial y la cultura emprendedora, apoyando
a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de nuevas ideas
empresariales.
6.- Asistir al tejido empresarial local, fomentando la adaptabilidad de
las empresas, la creación de empleo de calidad y la conciliación de la vida
laboral y familiar de los/as trabajadores/as.
7.- Incidir en la necesidad de conseguir la igualdad real de hombres y
mujeres en la vida laboral local, con especial atención al principio de
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres de forma trasversal a toda
actuación dimanante del presente Plan Local de Empleo.
8.- Hacer efectiva la participación de los agentes socio económicos
locales en el diseño, implementación y evaluación de las políticas locales de
empleo y desarrollo económico.
Si bajo el paraguas de “clausulas sociales” se plantea esta “chirigotada”,
es que no se tiene claro cuál es su definición. Las clausulas sociales, se define n como la inclusión de aspectos sociales en los
procesos de contratación pública, bien como requisito previo (Reserva de
Mercado), como elemento de valoración (Criterio de Adjudicación), o como una
obligación (Condición de Ejecución). El Real
Decreto 3/2011 y las directivas comunitarias establecen la plena legalidad, y
por supuesto debemos salvaguardar los principios básicos de la contratación
(libre concurrencia y no discriminación), pero es lícito y aconsejable
compaginarlos con otros principios y objetivos de carácter social.
Ambas clausulas, no garantizan la generación de empleo en la
propia ciudad de Cádiz, más bien a la provincia y para ello, para un Plan de
Empleo Provincial esta la Diputación.
Que se tenga el punto de inclusión de clausulas sociales
como una de las 10 medias estrellas aprobadas para un Plan de Empleo en la ciudad
de Cádiz, es de risa, más bien sería una medida de otro carácter, como el
social y/o de contratación.
Nuevamente queda patente los “palos de ciego” que se van
dando, y queda en evidencia la falta de un verdadero programa electoral, con su
viabilidad financiera y socioeconómica. A falta de conocimiento de la realidad
cualquier medida es aceptada sin su previo análisis.
En fin, esta medida respecto al empleo es, parafraseando a
Bart Simpson “COMO SI LA MULTIPLICÁSEMOS POR CERO”.
Mientras tanto, durante siete días, el problema crucial del
Equipo de Gobierno no ha sido las familias desalojadas de San Juan nº 37, la
vivienda, la deuda municipal o el propio empleo, ha sido el Dios del Carnaval.
En una entrevista que mantuvieron Carlos Menem, Presidente
por entonces de Argentina y George Bush allá por el año 1991, el mandatario
argentino le dijo al estadounidense: “Somos del mismo palo”. Esto mismo parece
que le dice todas las mañanas el equipo de gobierno actual al saliente del
Partido Popular.
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